¿Pueden llamarte por teléfono para cobrarte una deuda? Esto dice Profeco

¿Pueden llamarte por teléfono para cobrarte una deuda? Esto dice Profeco

🔸 Miles de personas han recibido, por lo menos, una llamada por parte de despachos de cobranza cuando tienen atrasos a la hora de pagar sus adeudos, pero existen ciertas prácticas que no se deben tolerar.

#CDMX | A diario cientos de personas viven la presión de tener que pagar una deuda pendiente, esto mientras reciben llamadas insistentes de números desconocidos. Esta situación la sufren miles de mexicanos, quienes constantemente se preguntan si este tipo de prácticas son legales, o pueden ser consideradas como acoso. Ante ello, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha recordado los derechos de los consumidores.

Según la Profeco, las instituciones financieras y comerciales suelen tener despachos de cobranza para cobrar a sus deudores. Los despachos de cobranza son “personas físicas o morales que actúa como intermediarios entre la entidad comercial y el deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos otorgados por la institución comercial”.

No obstante, aunque su objetivo es conseguir que las personas paguen sus adeudos, algunos despachos cruzan la línea y utilizan métodos inadecuados. En estos casos, Profeco puede intervenir y sancionar a la empresa que los contrató. Para ello es importante que las personas conozcan las prácticas que no pueden realizar los despachos de cobranza y que las denuncien en caso de que sean víctimas de algunas de ellas.

De acuerdo con lo explicado por la Profeco, los despachos de cobranza no pueden:

1-Dirigirse a personas distintas a ti, la persona obligada solidaria o la persona aval, y mucho menos a personas con discapacidad, menores de edad o adultos mayores, salvo que estos últimos sean los responsables de la deuda, 2-Establecer contacto en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado a la entidad comercial, 3-Enviar comunicaciones a terceros en las que se dé a conocer el incumplimiento del pago.

Tampoco pueden 4-Realizar visitas o llamadas telefónicas a tu domicilio entre las 22:01 y las 06:59 horas, de acuerdo con los husos horarios de tu región, 5-Usar lenguaje ofensivo, obsceno o palabras altisonantes, así como acosar o amenazar al comunicarse contigo, tus avales, deudores solidarios, así como familiares, amigos o compañeros de trabajo, 6-Colocar al exterior de tu domicilio o de tu empleo algún cartel que haga referencia al adeudo existente.

Así mismo tampoco deben 7-Ostentarse como representantes de un juzgado u otra autoridad, o emplear documentos que aparenten ser escritos judiciales, 8-Enviarte correspondencia con leyendas exteriores que hagan visible que se trata de un cobro, 9-Emplear medios masivos de comunicación o difusión con el propósito de hacer pública tu deuda, 10-Recibir de manera directa el pago del adeudo y 11-Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “no disponible”, “confidencial”, “oculto”, “privado” o cualquier otra leyenda que imposibilite su identificación.

Cabe mencionar que, en caso de que una persona no pueda, o no quiera responder a las llamadas, tiene derecho a ignorarlas. No está obligada a contestar ni a aceptar tratos bajo presión. Lo mejor es que, si una persona tiene dudas sobre su adeudo contacte directamente con la institución donde contrató el crédito, no con el despacho.

En caso de que una persona sea víctima de llamadas agresivas, amenazas o cualquier otra conducta indebida por parte de un despacho de cobranza, puede denunciar el caso ante Profeco. Los números de contacto son: 55 5568 872 para Ciudad de México y 800 468 8722 desde cualquier parte del país y los horarios de atención son de lunes a viernes de 9:00 a 19:00, y los fines de semana y días festivos de 10:00 a 18:00.

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